Conforme a las leyes argentinas de protección al consumidor, ponés a tu disposición este canal ágil para revocar cualquier contratación académica realizada a distancia.
De acuerdo con lo normado por el Artículo 34 de la Ley Nacional N° 24.240 de Defensa del Consumidor y la Resolución N° 424/2020 emitida por la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo, los postulantes o alumnos que contraten cursos de capacitación, seminarios o tutorías a través de canales digitales, plataformas web o vía telefónica tienen la facultad inalienable de revocar la aceptación del servicio.
El plazo legal para ejercer este derecho es de diez (10) días corridos contados a partir de la fecha de celebración del contrato de cursada o del abono de la matrícula inicial, lo último que ocurra, sin necesidad de expresar causa o motivo y sin que dicha rescisión genere penalidad económica alguna para el usuario.
Al pulsar el botón de confirmación, nuestra plataforma generará automáticamente en pantalla un número de constancia identificatorio unívoco bajo la nomenclatura #REV-COGNIFY-[CÓDIGO]. Recomendamos almacenar o imprimir dicha pantalla para eventuales seguimientos.
Dentro de las 24 horas hábiles posteriores al envío del requerimiento, nuestro departamento administrativo enviará una confirmación escrita al correo electrónico denunciado y procederá a gestionar el reintegro total de las sumas abonadas a través del mismo canal o medio de pago empleado al momento de la contratación original (transferencia bancaria, tarjeta de débito o crédito bancaria).
De conformidad con el Artículo 1116 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina, el derecho de revocar no resulta aplicable cuando se trate de servicios pedagógicos personalizados que hayan sido completamente ejecutados con anterioridad al vencimiento del plazo de diez días con la conformidad expresa del alumno, o bien cuando se hayan transferido accesos intransferibles a licencias informáticas de simulación oficial de terceros (licencias oficiales de GMAC o ETS) que ya hubieran sido activadas e iniciadas de forma definitiva por el usuario.